04 marzo 2021

"Penalistas" que no saben argumentar

El abogado debe estudiar todos los días, formarse sin descanso para saber razonar 

La incongruencia y contradicción en  los alegatos son de las fallas más comunes en escritos judiciales 

    


    Los extractos de la sentencia que sigue tratan el tema de profesionales del Derecho que no saben alegar.   Leamos sobre el caso: 


    "... Alegó la Defensa:  “… de la declaración de la presunta víctima se desprende que fueron varias las personas que les encañonaron... según en el acta policial se le encontró una sola arma tipo facsímil, a uno de los Imputados, donde (sic) se supone que están las otras armas? así mismo el denunciante en ningún momento demostró la cualidad de propietario de la presunta moto robada, pues no presento (sic) ninguna documentación que le acreditara la titularidad del vehículo tipo moto. Dentro de este marco como ya se ha señalado no existe en el expediente la CADENA DE CUSTODIA como tampoco una EXPERTICIA DE LA MISMA, como (sic) determinamos entonces que estamos en presencia de un DELITO? Lo que nos lleva a concluir que las precalifaciones (sic) realizadas por el fiscal... no solo son desproporcionadas sino además que no se ajustan ni a los hechos, ni al Derecho, quebrantando así el PRICIPIO (sic) DE LEGALIDAD…”... Señaló... que la decisión era inmotivada y que “… una simple acta policial con la denuncia de la presunta víctima no es suficiente para enervar la presunción de inocencia y el derecho de ser juzgado en libertad, lo cual debe ser la regla y no la excepción…”... 

    ... Es incongruente la argumentación del Abg... denunció en primer término la falta de motivación en el auto recurrido, luego manifestó que la sola acta policial que documentó la aprehensión de los imputados y la denuncia de la víctima “… no bastaban para enervar la presunción de inocencia…” y cerró diciendo... que no se acreditó la existencia de un hecho punible que mereciera pena corporal y cuya acción penal no se encontrara evidentemente prescrita.

    Es obligación... por los fines pedagógicos que debe tener todo pronunciamiento judicial, hacer la siguiente observación. El ejercicio de la defensa en causa penal no debe asumirse con una conducta alegre, al voleo. Debe haber en él seriedad, estudio, análisis jurídico medianamente profundo, porque esta es la forma en que el abogado que asume esta tarea aporta su colaboración para que el sistema de administración de justicia opere de la mejor manera posible; los planteamientos recursivos no pueden depender de la conjunción “y/o”. No se puede pretender algo en el proceso penal asumiéndose que ante la negativa de un pedimento, automáticamente surja un alegato que sustituya al primero y que así vaya sucediendo en forma continua. Los argumentos judiciales deben ser precisos, no subsidiarios, no excluyentes, ni ilógicos.

    Ocurrió en este asunto que el Abg... habló de inmotivación de la medida de coerción apelada, después expresó que el acta policial de aprehensión de los imputados y la denuncia de la víctima no bastaban para decretar la orden de custodia en cárcel, y luego dijo que no existía delito alguno en los hechos que le fueron atribuidos a sus defendidos. Si no hay ilícito, tan sencillo como que no se puede decretar una medida de coerción personal; si el fallo en controversia es según inmotivado, ningún sentido tiene que se diga que no hay delito y que se objeten actuaciones policiales para decir que ellas no bastan para desvirtuar la presunción de inocencia. Luego, se observa a la Defensa que el recurso no es un mecanismo aleatorio para plantear argumentos con la esperanza que cualquiera de ellos sea declarado con lugar...".

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4 comentarios:

  1. Lo que se supone una cantinflada con otra cantinflada? No aclaren que oscurece.

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  2. Me pareció aplicado un principio de parcimonia.


    Siempre debe existir las bases fundamentadas de la retorica

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