08 abril 2021

Encuesta rápida para penalistas

ÑL 


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    Lo que sigue es el extracto de decisión mediante la que se decretó privación de libertad.  Se copia textualmente lo que expresó el juez para dictarla 

    No hace falta conocer los alegatos de las partes ya que la idea es determinar si en lo que se lee hay justificación para la custodia en cárcel... vamos!

    “… PRIMERO: Refiere el legislador (sic) Procesal Penal… los supuestos o extremos a tener en consideración para que opere, de parte del administrador de justicia, como medida oír (sic) demás excepcional, la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de determinado ciudadano, cuando reza… Así las cosas, este juzgador es del conocimiento de la situación procesal suscitada en la presente causa con motivo de las circunstancias que mediaron para el momento de la detención policial del ciudadano: IRVIN JOSÉ… y la subsunción de su particular situación en la tesis de la norma contenida en el artículo citado supra; habida cuenta de la presencia indispensable del señalado como autor presunto del delito en todos y cada uno de los actos propios de la fase intermedia y subsiguientes del asunto en curso. SEGUNDO: Igualmente de la revisión del atado documental que comprende el expediente en estudio, se advierte que el hecho presunto investigado es de aquellos que merece pena privativa, de libertad, amen (sic) de que (sic) la acción penal no se encuentra preescrita (sic), conocida la naturaleza del ilícito endilgado y el tiempo o data del mismo, que no supera los tres (03) días; todo ello en virtud de las previsiones respecto de la prescripción ordinaria a que hace mención el legislador… TERCERO: En un mismo orden, considera este sentenciador, sin que ello se traduzca bajo ningún respecto en pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión planteada, que la conducta del ciudadano: IRVIN JOSE… pudiera aparecer comprometida en relación al hecho investigado. Hipótesis esta que aparece soportada por la conducta o comportamiento del imputado durante el insipiente (sic) proceso que les es (sic) seguido, específicamente para el momento de su detención, siendo evidente la disposición de éste de evadirse o abstraerse del caso, lo cual quedo (sic) evidenciado de la revisión de las actas que comprenden la causa, especialmente del Acta de investigación Penal sin numero (sic), de fecha: 24-08-12… a la cual quedaron plasmadas las circunstancias fácticas y el momento histórico (sic) en que se materializó tal acto aprehensivo. CUARTO: Que en virtud de lo expuesto en el particular anterior, aparece evidente el peligro de fuga… que estatuye la presunción de fuga en virtud del limite (sic) de pena previsto para el ilícito imputado. Así las cosas, considera este Tribunal que prudente es dejar sentado que… los supuestos, a que se contrae el Art... bien pueden coincidir en su totalidad respecto de un mismo caso o solo existir uno de ellos para que se entienda latente el peligro a que se hace mención. En este sentido es de considerar que aparece evidente la pena que pudiera sobrevenir en caso de una eventual decisión condenatoria luego del correspondiente Juicio Oral o del procedimiento surgido en razón de una posible admisión de los hechos, toda vez que ello aparece preestablecido a la norma que tipifica el delito, producto además del daño que se presume se causó con el accionar de quien resulte comprometido con el hecho el cual supone un daño patrimonial e intencional al señalado como victima (sic). Así mismo, a lo expuesto se suma en consecuencia el riesgo de fuga habida cuenta de las previsiones del Parágrafo Primero de la norma en estudio, y de la que no puede menos que presumirse la intención decidida de defraudar la acción de la justicia, evidenciándose una conducta contraria a someterse al proceso. Así se declara. QUINTO: Que los supuestos que motivan la posible y excepcional Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad no pueden ser satisfechos razonablemente con la imposición de una Medida menos gravosa para el ciudadano imputado, supuesto este necesario para que opere preferentemente el otorgamiento de Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de Libertad a favor de determinado procesado. Así se declara. SEXTO: Hizo alusión la ciudadana Defensora Publica (sic)… para el momento de su intervención en Audiencia, a la supuesta solicitud Fiscal de calificación de Fragancia (sic) del acto aprehensivo del que fuera objeto el ciudadano imputado por parte de Funcionarios… fundamentando o cimentando en ello todo el alegato que esgrimió en procura de lograr se otorgara a su defendido la libertad plena o sin restricciones, habida cuenta del acto que (sic) detención policial que estimó irrito (sic). Sobre este Particular, es de advertir que nunca, durante su intervención y las subsecuentes peticiones realizadas, la ciudadana Fiscal… elevó a esta instancia solicitud alguna de calificar como flagrante la aprehensión de que (sic) fuera objeto el ciudadano: IRVIN JOSÉ… más por el contrario fue enfática al referir al Tribunal el momento histórico (sic) en que se materializara la detención en mención, resaltando las fechas y tiempo transcurrido desde el momento presunto en que se cometiera el ilícito penal investigado, solicitando sin embargo la imposición de manera por demás excepcional, de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad la cual justificó de manera suficiente y bastante. Así las cosas, estima este sentenciador, que el fundamento de la solicitud de la Defensa inspirado en un escenario o en un contexto incierto, no puede producir los efectos queridos por la parte que lo esgrimiera…”.

¿Hay o no motivación?




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