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Lo que sigue es el extracto de decisión mediante la que se decretó privación de libertad. Se copia textualmente lo que expresó el juez para dictarla
No hace falta conocer los alegatos de las partes ya que la idea es determinar si en lo que se lee hay justificación para la custodia en cárcel... vamos!
“…
PRIMERO: Refiere el legislador (sic) Procesal Penal… los supuestos o extremos a
tener en consideración para que opere, de parte del administrador de justicia,
como medida oír (sic) demás excepcional, la Privación Judicial Preventiva de
Libertad en contra de determinado ciudadano, cuando reza… Así las cosas, este
juzgador es del conocimiento de la situación procesal suscitada en la presente
causa con motivo de las circunstancias que mediaron para el momento de la
detención policial del ciudadano: IRVIN JOSÉ… y la subsunción de su particular
situación en la tesis de la norma contenida en el artículo citado supra; habida
cuenta de la presencia indispensable del señalado como autor presunto del
delito en todos y cada uno de los actos propios de la fase intermedia y
subsiguientes del asunto en curso. SEGUNDO: Igualmente de la revisión del atado
documental que comprende el expediente en estudio, se advierte que el hecho
presunto investigado es de aquellos que merece pena privativa, de libertad,
amen (sic) de que (sic) la acción penal no se encuentra preescrita (sic),
conocida la naturaleza del ilícito endilgado y el tiempo o data del mismo, que
no supera los tres (03) días; todo ello en virtud de las previsiones respecto
de la prescripción ordinaria a que hace mención el legislador… TERCERO: En un
mismo orden, considera este sentenciador, sin que ello se traduzca bajo ningún
respecto en pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión planteada, que la
conducta del ciudadano: IRVIN JOSE… pudiera aparecer comprometida en relación
al hecho investigado. Hipótesis esta que aparece soportada por la conducta o
comportamiento del imputado durante el insipiente (sic) proceso que les es
(sic) seguido, específicamente para el momento de su detención, siendo evidente
la disposición de éste de evadirse o abstraerse del caso, lo cual quedo (sic)
evidenciado de la revisión de las actas que comprenden la causa, especialmente
del Acta de investigación Penal sin numero (sic), de fecha: 24-08-12… a la cual
quedaron plasmadas las circunstancias fácticas y el momento histórico (sic) en
que se materializó tal acto aprehensivo. CUARTO: Que en virtud de lo expuesto
en el particular anterior, aparece evidente el peligro de fuga… que estatuye la
presunción de fuga en virtud del limite (sic) de pena previsto para el ilícito
imputado. Así las cosas, considera este Tribunal que prudente es dejar sentado
que… los supuestos, a que se contrae el Art... bien pueden coincidir en su
totalidad respecto de un mismo caso o solo existir uno de ellos para que se
entienda latente el peligro a que se hace mención. En este sentido es de
considerar que aparece evidente la pena que pudiera sobrevenir en caso de una
eventual decisión condenatoria luego del correspondiente Juicio Oral o del
procedimiento surgido en razón de una posible admisión de los hechos, toda vez
que ello aparece preestablecido a la norma que tipifica el delito, producto
además del daño que se presume se causó con el accionar de quien resulte
comprometido con el hecho el cual supone un daño patrimonial e intencional al
señalado como victima (sic). Así mismo, a lo expuesto se suma en consecuencia
el riesgo de fuga habida cuenta de las previsiones del Parágrafo Primero de la
norma en estudio, y de la que no puede menos que presumirse la intención
decidida de defraudar la acción de la justicia, evidenciándose una conducta
contraria a someterse al proceso. Así se declara. QUINTO: Que los supuestos que
motivan la posible y excepcional Medida de Privación Judicial Preventiva de
Libertad no pueden ser satisfechos razonablemente con la imposición de una
Medida menos gravosa para el ciudadano imputado, supuesto este necesario para
que opere preferentemente el otorgamiento de Medidas Cautelares Sustitutivas de
Privación de Libertad a favor de determinado procesado. Así se declara. SEXTO:
Hizo alusión la ciudadana Defensora Publica (sic)… para el momento de su
intervención en Audiencia, a la supuesta solicitud Fiscal de calificación de
Fragancia (sic) del acto aprehensivo del que fuera objeto el ciudadano imputado
por parte de Funcionarios… fundamentando o cimentando en ello todo el alegato
que esgrimió en procura de lograr se otorgara a su defendido la libertad plena
o sin restricciones, habida cuenta del acto que (sic) detención policial que
estimó irrito (sic). Sobre este Particular, es de advertir que nunca, durante
su intervención y las subsecuentes peticiones realizadas, la ciudadana Fiscal… elevó
a esta instancia solicitud alguna de calificar como flagrante la aprehensión de
que (sic) fuera objeto el ciudadano: IRVIN JOSÉ… más por el contrario fue
enfática al referir al Tribunal el momento histórico (sic) en que se
materializara la detención en mención, resaltando las fechas y tiempo
transcurrido desde el momento presunto en que se cometiera el ilícito penal
investigado, solicitando sin embargo la imposición de manera por demás
excepcional, de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad la cual
justificó de manera suficiente y bastante. Así las cosas, estima este
sentenciador, que el fundamento de la solicitud de la Defensa inspirado en un
escenario o en un contexto incierto, no puede producir los efectos queridos por
la parte que lo esgrimiera…”.
¿Hay o no motivación?
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